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Implementación Del Complemento Carta Porte 3.1: Obligatorio A Partir Del 17 De Julio De 2024

Autor: L.C.C. Miguel Ángel Hernández Yescas • 24/01/2026 • 1 min de lectura aprox.

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Les informamos que, a partir del 17 de julio de 2024, entra en vigor el uso obligatorio del Complemento Carta Porte versión 3.1 para la emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

El Complemento Carta Porte sirve para relacionar los bienes o mercancías transportadas, así como los lugares de origen, destino y puntos intermedios de su traslado. Esta medida tiene como objetivo fortalecer la seguridad en el traslado de mercancías y facilitar la fiscalización de las operaciones de comercio exterior.

Para cumplir con esta disposición, recomendamos a los contribuyentes familiarizarse con los requisitos y pasos para la emisión del CFDI con Complemento Carta Porte 3.1.

A partir de hoy si emites facturas electrónicas, de tipo Ingreso o Traslado, sin el complemento Carta Porte correspondiente, la multa va de $400.00 a $600.00 por cada CFDI sin complemento, Si el transportista no lleva la documentación en versión impresa o digital, el monto de la multa va de $760.00 hasta los $14,710.00 esto será una de tantas cosas que deberás cuidar…

Comentarios

Alfredo Vázquez
Buen artículo, deja claro que la materialidad ya es clave y no basta con el CFDI. Toca ponerse más atentos con el respaldo de las operaciones para evitar problemas.
ALFREDO RODRIGO ALVARADO ZAMORA
me parece una reseña breve pero muy sustanciosa de la que seria muy oportuno una actualización con ustedes.
Victor Rodríguez Chaparro
Muy buen artículo y concuerdo totalmente, se requiere involucramiento también del contribuyente en el proceso de las operaciones y no dejar todo al contador, aplica totalmente la frase de más vale prevenIMSS.
Rogelio Becerra
Muy acertado el artículo contador, creo que despeja dudas y fortalece la recomendación de no ignorar los temas PLD y su parte fiscal